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Trabajadores Lesionados

 

PUNTOS IMPORTANTES SOBRE

SU AUDIENCIA ANTE EL

OFICIAL DE AUDIENCIAS

Folleto Dañado Del Trabajador

Presente su apelación a tiempo

Su audiencia trata de asuntos que Ud. apeló a consecuencia de la determinación del asegurador de negarle a Ud. algún beneficio.

Preséntese en la audiencia.

Traiga con Ud. documentos de evidencia.

Traiga con Ud. sus testigos.

Conozca bien sus asuntos y los puntos necesarios para probarlos (vea las páginas 2 a 6).

Para su caso Ud. tiene aproximadamente 15 minutos, sea breve y conciso.

Si Ud vive demasiado lejos, o no puede salir de casa por razones de salud, póngase en contacto con la oficina de Audiencias para tomar medidas para presentar documentos o dar testimonio por teléfono en vez de presentarse en persona.

ADVERTENCIA

Este folleto expone sólo los asuntos más comunes y los elementos de prueba para cada uno; es posible que existan otros asuntos que Ud. deberá apelar en el tiempo establecido, si hay una decisión

en contra de Ud. por un asegurador, empleador o una organización de cuidado manejado (MCO) Ud. debe apelar por su cuenta en el tiempo establecido cualquier determinación en contra de Ud.

 

Cuándo su asunto es...

 

Aceptar una Demanda

 

(Si Ud. tiene derecho a beneficios de recompensa del trabajador; que pueden ser los beneficios.)

­Si Ud tuvo una lesión accidental:

(Paso durante su trabajo)

­Le ocurrió debido al trabajo

(Por causa del trabajo)

Si Ud. tiene una enfermedad industrial, fué causada por incidente en su trabajo y necesariamente relacionada con su trabajo.

(Si Ud. piensa que su accidente o la enfermedad de la incapacidad, está relacionada con su trabajo apele la negación de su demanda.)

Ud. debe informar a su empleador por escrito dentro de un plazo de 7 días después de la lesión o cuando se dió cuenta que la enfermedad ocurrió a causa de su trabajo.

Ud. debe presentar una demanda con el asegurador dentro de un plazo de 90 días despues que Ud. supo que ocurrió la lesión debido a su trabajo, o buscó tratamiento médico o estaba incapacitado/a.

Si Ud. no notificó a su empleador inmediatamente o no solicitó una demanda rápida-mente Ud. puede tener una excusa permisible.

Si Ud. solicitó su demanda después que su empleador le despidió, Ud. tiene que explicar la situación.

Solamente se cubren condiciones de enfermedades cardiacas si Ud. es bombero o policía

Se cubren condiciones causadas por el estrés solamente si se causa por peligro riguroso.

. Ciertas categorias de trabajo le dan derecho a tratamiento preventivo por exponerse a ciertas enfermedades. (Cambiará el primero de enero del 2000)


Cuándo su asunto es ...

Incapacitad Total Temporanea


(Si Ud. tiene derecho a recompensa por tiempo perdido del trabajo; que cantidad.)

Su médico que autorizó su tratamiento dijo que Ud. no podia trabajar.

Un médico consultado dijo que Ud. puede regresar al trabajo pero; Ud. no está físicamente capaz de cumplir con su trabajo.

Ud. pasó, como mínimo, 5 días sin trabajar después de la lesión en 20 días consecutivos.

La compensación es basada en lo que ganó las doce semanas antes de su lesión, o un año antes de su lesión,si eso es más representativo, pida que se basen en un año antes de su lesión.

Si Ud. trabajaba más de un empleo, Ud. quiere que se sumen todos los sueldos para calcular el promedio mensual y Ud. solicita en base de la compensación combinada.

El asegurador le está pagando menos del 66.66 por ciento del promedio de su sueldo mensual.

Ud. eligió declarar propinas para declaración de impuestos y compensación de trabajadores; pero sus propinas no fueron sumadas en su promedio base mensual de su sueldo.

Su empleador no le ha ofrecido un trabajo modificado para acomodar las restriciones temporarales establecidas por un médico o un quiropráctico. (Cantidades cambiarán el primero de enero del 2000)

(No se le paga a Ud. o a sus dependientes TTD por o durante el tiempo que Ud. está

encarcelado.)


Si necesita beneficios por una condición

causada parcialmente por su trabajo, su

amparo depende de cumplir el requisito: causalidad primaria (51%) cambiará a

causalidad substancial contributiva (cantidad significante) el primero de enero del 2000.




Cuándo su asunto es...

Incapacitad Parcial Permanente

(Si Ud. tiene derecho a una concesión; que cantidad.)

Ud tiene un daño fisico permanente, que fue causado por una lesión en su trabajo.

Ud. ha sido evaluado por un doctor pero la evaluación no se toma en cuenta para todos sus daños fisicos

Se clasifica la incapacidad según las Guías para la Evaluación de Incapacidad Permanente de la AMA dependiendo del diagnóstico y severidad de la lesión. (El dolor solo, no lo califica a Ud. para su incapacidad parcial permanente (PPD.)

Su clasificación de incapacidad, su sueldo promedio mensual, y su edad se usan para calcular la cantidad de su reembolso; si un elemento es incorrecto es posible que la cantidad de su reembolso sea incorrecto.

Los procedimientos para clasificar una Incapacidad Parcial Permanente (PDD) son los mismos si es una demanda nueva o una reapertura . La clasificación tiene que hacerse por un médico en la Lista de Clasificación rotante de Nevada establecida por la División of Industrial Relations (DIR).

El trabajador lesionado puede pedir por otro evaluador/calificador. DIR le dará el nombre del proximo evaluador/calificador en la lista de rotación. El trabajador lesionado pagará por la evaluación de comparación. (Talvez se le regrese algún dinero después del primero de enero del 2000)

No se admiten dobles pagos por ningún periodo de tiempo sea pago para TTD Incapacidad Total Temporal, o PPD Incapacidad Parcial Permanente, o mantenimiento de rehabilitación. Tomar una suma global puede causar reducción en otros más tarde

Se paga PPD solamente por incapacidad por lesiones en el trabajo.

Si Ud. desea apelar el porcentaje de incapacidad, no tome un acuerdo de cantidad global.

 


Cuándo su asunto es...

Reapertura

(Si Ud. necesita más tratamiento después del cierre de su demanda.)

La condición medica de su lesión laboral ha cambiado desde el cierre de su demanda y Ud. necesita tratamiento o rehabilitación vocacional.

Ud. solicita por escrito que le reabran su caso y se asegura que la carta del doctor llegue al asegurador.

(Guarde copias.)

Su médico debe escribir que:

1.su condición ha cambiado desde el cierre de su demanda;

2.Ud. necesita tratamiento;

3.una descripción del tratamiento;

4.que hay una relación directa entre su condición al tiempo, cuando pidio la reapertura y la lesión original.

5.Su lesión laboral es la causa principal de que necesita que se reabra la demanda.

6.Ud. Puede o no puede trabajar durante un periodo de tiempo especifico.

Si Ud. se jubiló o dejó de trabajar voluntariamente por razones no relacionadas con su lesión, antes de solicitar reconsideración, sólo tiene derecho a los beneficios médicos.

De la fecha que su caso fue cerrado o su petición de reabrir su caso fue negado, no puede hacer otra petición por un año, al menos por circunstancias fuera de lo normal.

Si Ud. originalmente no perdió tiempo de su trabajo y no recibió PPD, tiene que solicitar reapertura dentro de un año del cierre de su demanda.

Si el cierre de su demanda fue porque no recibió tratamiento por 12 meses o si el costó de su tratamiento es menos de $500.00, Ud. no puede reabrir su caso (Esto cambiará a $300.00 en vigencia el primero de enero del 2000.)


Cuándo su asunto es...

Rehabilitación Vocacional

(Si Ud. tiene derecho a servicios de rehabilitación; cuales servicios)

Si un médico dice que Ud. tiene limitaciones físicas que le impiden regresar a su trabajo donde tuvo la lesión laboral o al trabajo para el cuál ha sido reentrenado.

Su empleador donde se lesionó, no le ha ofrecido un trabajo dentro de sus restricciones.

Ud. no puede regresar a trabajar al 80 por ciento de su sueldo al tiempo de su lesión.

Ud. no puede encontrar un trabajo por si mismo dentro de sus restricciones fisicas en su área. (Sus habilidades vendibles son consideradas.)

Ud. tiene habilidades que se pueden desarrollar en un corto periodo de tiempo al punto que puede obtener un trabajo dentro de sus restricciones . La duración del programa depende del porcentaje de su incapacidad permanente. (La cantidad de tiempo cambiará el primero de enero del 2000)

Tal vez Ud.es eligible para un segundo programa si el primer programa no sirvió.

 



Negociación de Cantidad Global

Si Ud. acepta una cantidad global en la negociación; Ud. no tendrá derecho a los servicios rehabilitativos otra vez en la misma demanda, no importa cuanto Ud. se empeore o cuantas veces Ud. reabre la demanda.

Ud. no puede apelar una falta de una oferta de cantidad global o la cantidad global ofrecida.

Si Ud.vive fuera del estado de Nevada un ajuste, es su beneficio de rehabilitación; otros beneficios existen si Ud. reside dentro del estado. (Estas reglas cambiarán después del primero de enero del 2000. Trabajadores lesionados que se lesionaron mientras trabajaban temporalmente en Nevada, o quién viva a 50 millas fuera del estado, puede ser elegible para rehabilitación vocacional.)








Presentar su Evidencia
en la Audiencia del Oficial de Audiencias

Preséntese a la audiencia y traiga su evidencia.

Diga las partes de su caso que explican cada punto de cada uno de sus asuntos.

Presentar su evidencia:

1. documentos;

2. testimonio de los testigos;

3. su propio testimonio;

en cada punto, para probar cada uno de sus asuntos.

Si hace falta, Ud. tiene derecho de conseguir una citación para obtener un testigo necesario.

Es posible que se tome juramento de los testigos de que digan la verdad.

Haga preguntas a los testigos del otro lado; para sumarlo a su caso.

No discuta con el Oficial de Audiencias ni con el otro lado; presente su evidencia y explique su caso con tanta calma y tan completo como Ud. pueda.

Este es su momento para tratar de convencer al Oficial de Audiencias que Ud. tiene derecho a los beneficios que Ud. pide. Es obligatorio que Ud. presente sus testigos y sus documentos en esta audiencia.


EL PRÓXIMO PASO

Si Ud. es agraviado al nivel del Oficial de Audiencias o sea que (Ud. perdió):

Haga apelación al Oficial de Audiencias si Ud. todavía cree que tiene derecho a algún beneficio.

Para apelar hay que completar una forma de apelación que se llama:"Notice of Appeal and Request for Hearing Before the Appeals Officer" y presentarla dentro de un plazo de 30 días de la fecha de la decisión del Oficial de Audiencias o una Organización de Cuidado Manejado.

NRS 616A.455 le da a cualquier trabajador lesionado el derecho de solicitar el servicio gratis de un abogado de NAIW en la audiencia ante el Oficial de Apelación. NAIW tiene la discresión de representar a los trabajadores lesionados al nivel de la Corte del Distrito, la Corte Suprema o por orden de conformidad de DIR.

Es posible que un Oficial de Apelaciones nombre a NAIW para representarle. Hasta que un Oficial de Apelaciones nombre oficialmente un abogado,.el NAIW no lo/a representa por servicios legales gratis.

Nevada Attorney for Injured Workers es una agencia del gobierno del estado, en orden de representar trabajadores lesionados sin conflicto.

Preparado por


NEVADA ATTORNEY FOR

INJURED WORKERS (NAIW)

11000 E. William St. Ste 208

Carson City, Nevada 89701

Teléfono (775) 687-4076 Fax (775) 687-4134



NEVADA ATTORNEY FOR

INJURED WORKERS (NAIW)

555 E. Washington, Suite 4800

Las Vegas, Nevada 89101

Teléfono (702) 486-2830 Fax (702) 486-2844


 

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